Se desarrolla en el Teatro Provincial desde el 24 de febrero a las 10 hs.
Fue a puertas cerradas para el público
El ballet dirigido por Leandro Regueiro y Liliana Ivanof – únicos directores pertenecientes al Instituto de Música y Danza que no concursan cargos ni rinden reválida y que fueron contratados aquí- estalló ayer por la gran cantidad de bailarines que habrían sido eliminados en un mal manejo del concurso. Los artistas del Ballet de la Provincia intentan defender su trabajo.
Una ola de incertidumbres atraviesan los bailarines pertenecientes al Ballet de la Provincia de Salta desde que se lanzó el concurso para la cobertura de cargos de bailarines titulares por un periodo de dos años.
Después de que Salta 21 hiciera público el caso de mobbing contra la bailarina Andrea Martínez sumado a los diversos problemas en torno a la situación laboral de otros bailarines, se le habría solicitado al Sr. Regueiro desde las altas esferas del gobierno, que protegiera el trabajo de los bailarines. Dicho y no hecho.
Los veedores de la Asociación de Trabajadores por el Estado, Cristian Víctor Vattino, Andrés Augusto Ascencio y Silvina A. Guanca, con la autoridad que les compete, hicieron entrega de un ACTA el día de ayer (foto al pie de la nota) por Mesa de Entradas en oficinas de Caseros 460 a las autoridades de la Secretaría de Cultura, mediante la cual solicitan la impugnación del concurso del Ballet de la Provincia. Los siguientes motivos serían los fundamentos del petitorio:
En primer término por irregularidades en la eliminación de los participantes, ya que en los artículos 7º inc. A del decreto número 5388/10 del Reglamento del Concurso dice que los participantes serán eliminados en una primera instancia después de la Barra, la cual en principio fue hecha con total regularidad. Así pasó el primer grupo de mujeres, el segundo y el tercero -que era el de varones. No obstante y pese a esta aclaratoria, la dirección del ballet se dio la libertad de hacer una segunda eliminación que no estaba pactada: el centro. Ello permitió dejar una cantidad considerable de concursantes sin poder presentarse en la próxima etapa que sería la segunda eliminatoria y se dieron con la noticia a las 20 hs. del día miércoles 24 de febrero, primer día del concurso. La segunda etapa prevista era la correspondiente a Variaciones y partenaire.
Artículo 7°. Antecedentes y prueba de selección. El concurso será por antecedentes y una prueba de selección que consistirá en:
a) Primer día: realizar una clase de ballet al piano, la cual es
eliminatoria después de la barra;
b) Segundo día: quienes hayan superado la clase referida en el inciso
anterior deberán realizar ejercicios de partenaire, y una variación a
elección del Pas de Tríos del Ballet “Paquita”. El vestuario deberá ser
rosa para bailarinas y blanco para bailarines. Deberán presentar un
CD con la variación elegida con TRACK único y debidamente
identificado.
c) Tercer día: examen psicofísico, el cual será eliminatorio.
El segundo motivo es que se encontraron irregularidades en la barra del grupo de varones. El jurado y el director artístico -quien en esos momentos debería haber estado como jurado y no dando la clase como sucedió- decidieron de común acuerdo que todos pasaban la barra por lo cual nadie perdía el derecho de presentarse a la segunda etapa, cosa que no sucedió ya que en la misma lista, seis de los concursantes quedaron fuera sin aviso (Ver artículo 7 del Reglamento).
Punto tres, y de acuerdo con el Reglamento, las bases estipulan que el jurado estará constituido por cinco miembros y no por cuatro, como sucedió en la audición de los varones, ya que el Director se encontraba dando clases y no participó como miembro del jurado.
Artículo 14°. Jurado. La prueba de baile será evaluada por un Jurado de cinco (5) miembros, el cual estará integrado por: el Presidente ó el Vicepresidente del Instituto de Música y Danza de la Provincia de Salta, el Director del Ballet de la Provincia, y tres jurados de reconocida trayectoria cuyos nombres se darán a conocer por la Autoridad de Aplicación con una antelación no menor a 15 días hábiles anteriores a la fecha de la primera prueba de baile (...)
Otro de los motivos es que los veedores se encontraron con una lista improvisada de los varones cuyo número ascendía a 78 y se agregaron a última hora dos concursantes inscriptos a pulso y con bolígrafo. Esto da cuenta que fueron anotados fuera del plazo estipulado para las inscripciones que fueron desde el 8 al 15 de febrero.
Artículo 12°. Resolución de admisión de inscripciones. Notificación. Una vez cerrado el plazo para la inscripción, la Autoridad de Aplicación evaluará el cumplimiento de los requisitos por parte de los bailarines/as inscriptos de conformidad a lo establecido en los artículos 4° y 5° del presente reglamento, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de cierre de la inscripción, luego de lo cual emitirá, mediante resolución fundada, la nómina discriminada entre aquellos cuya inscripción fuera admitida y aquellos que fuera denegada (...)
En último término y al revisar la documentación de varios concursantes, se constató que muchos de ellos no acreditan los requisitos exigidos como el de ser bailarín/a profesional en Danza Clásica, entre otros aspectos para la participación en este concurso.
Artículo 4°: Requisitos para participar del concurso. Podrán participar todos los bailarines/as independientes, de escuelas oficiales, privadas y/o compañías varias, que tengan antecedentes de ser bailarines/as profesionales en Danza Clásica, procedentes o residentes de cualquier país, como así también aquéllos que actualmente se desempeñan como tales en el Ballet de la Provincia de Salta, y que cumplan los requisitos que a continuación se detallan (...)
¿Qué hará Mariano Ovejero frente a esta situación?

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