Sábado 13 de junio de 2009,

Juicio penal al Ministro Barañao. A confesión del delito relevo de prueba


La misma acusación la sosteníamos respecto de tres miembros de los Directorios del CONICET y de la CONEAU, una docena de Secretarios de CyT de las Universidades Nacionales y otro medio centenar de miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET.


En enero de 2007, en nuestra denuncia sobre la Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina (650 millones de pesos en subsidios entre 1997 y 2007, de los cuales más del 20% fue a parar a la burocracia científica), luego de haber hecho las respectivas presentaciones ante la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía de Investigaciones y la Oficina Anti-Corrupción, sosteníamos que medio centenar de Coordinadores de Área de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT), bajo la Presidencia del Dr. Lino Barañao, “….preceden, acompañan o sobrevienen a los subsidios otorgados a sí mismos, lo que configura claramente el ilícito de colusión de intereses”, es decir la simultánea condición de juez y parte interesada. La misma acusación la sosteníamos respecto de tres miembros de los Directorios del CONICET y de la CONEAU, una docena de Secretarios de CyT de las Universidades Nacionales y otro medio centenar de miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET.

Polémica Pública con Barañao (2007)

Fue entonces, en el curso del año 2007, que entre el autor de la denuncia —el que suscribe— y el que en esa oportunidad detentaba el cargo de Presidente de la ANPCYT Dr. Lino Barañao, actual Ministro de CyT, se suscitó una polémica que atravesó la Lista de Discusión Electrónica Pol-Cien y que fue luego reproducido en otros foros, http://www.fmmeducacion.com.ar/Sist...

donde Barañao planteó “¿Cómo evitar el potencial conflicto de intereses de los Coordinadores y al mismo tiempo no provocarles un perjuicio derivado de la suspensión de su financiamiento?”. La primera alternativa ensayada para solucionar este problema fue, según Barañao, “…el otorgamiento de un subsidio automático a los coordinadores. No obstante, a posteriori, y debido además a la incorporación de co-coordinadores, se optó por un sistema mediante el cual los proyectos presentados eran remitidos a otro coordinador de un área relacionada quien se encargaba de enviarlos a pares para su evaluación”. Barañao afirmó entonces que en esta asignación de pares por parte de otros Coordinadores para evaluar los proyectos presentados por los propios Coordinadores “…si bien podría argüirse la existencia de algún favoritismo en dicha asignación, no hay evidencias concretas al respecto”. Más aún, Barañao destacó que “..el listado de proyectos financiados siempre se ha hecho público para cada convocatoria y por lo tanto nunca se ocultó el financiamiento a los coordinadores”. A confesión del delito, por parte de Barañao, relevo de prueba.

Respecto de la sospechosa ética de este proceso, lindante con la que puede constituir delito (colusión de intereses, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública), el mismo Barañao, que venía cuestionando la relevancia de los conocimientos humanísticos, al extremo de asociarlos a los saberes teológicos (ver el debate suscitado con los profesores Atilio Borón y Eduardo Grüner), recordó que “…la ética se refiere a la toma de decisiones en un contexto determinado… El prohibir la presentación de proyectos a los coordinadores implicaría entonces una limitación altamente significativa en la idoneidad de los recursos humanos involucrados en el proceso de evaluación con la considerable pérdida de calidad en dicho proceso. Esto a su vez implicaría una asignación deficiente de recursos públicos mucho mayores”. En ese contexto, Barañao consideró que “la práctica actual es éticamente aceptable, al menos hasta que se formule una solución más conveniente”. En ese sentido, a Barañao no le quedó claro “…cuál es la alternativa que propondría el Dr. Saguier”.

Dictamen del Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología (2007)

No conforme con estas auto-justificaciones, el Presidente de la ANPCYT Dr. Barañao acudió más tarde, en abril de 2007, a la reunión plenaria del Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología (CECTE) de la entonces Secretaria de CyT, sita en el mismo lugar donde ahora tiene su asiento el Ministerio de CyT, en Av. Córdoba 831, para solicitarle a dicho Comité un dictamen exculpatorio. En el documento redactado en tal ocasión, http://www.cecte.gov.ar/recomendaci...

el CECTE confesó –pese a carecer de competencia jurisdiccional para ello— que a solicitud de investigadores individuales, no identificados con nombre y apellido, que habían manifestado “expresiones de inquietud acerca de los mecanismos instituidos para prevenir conflictos de interés en la gestión de evaluación de proyectos presentados al Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT)”, estudió la documentación sobre las disposiciones que regulan el Sistema de Evaluación de Proyectos (SEPCyT) e invitó el 9 de abril al Presidente de la ANPCyT a concurrir a la reunión plenaria del Comité.

Según la información ilegalmente recabada y los documentos públicos de la ANPCyT, el plenario del CECTE concluyó que los Coordinadores y co-Coordinadores de Área “…mientras ocupan el cargo, que usualmente tiene una duración de tres años, están habilitados para presentar solicitudes de financiamiento de proyectos en los que participan como responsables, o como integrantes”. En virtud de los antecedentes reunidos, de la literatura internacional sobre el tema, y del estudio del caso, el CECTE consideró entonces que la estrategia descripta: “…no involucra necesariamente conductas incorrectas sino el riesgo de que puedan llegar a ocurrir”.

Alternativa Antagónica a la de Barañao

Pese al documento del CECTE, nosotros sostuvimos que dicha estrategia venía a corromper la ciencia argentina, y a propósito de la alternativa exigida por el Dr. Barañao nos preguntábamos ¿cuál ha sido el motivo para que en la distribución de los subsidios de la Agencia o ANPCYT se menospreciaran los Centros e Institutos de Investigación universitarios o extra-universitarios, y por el contrario se privilegiara un listado selectivo y concentrado de Investigadores en forma individual o grupal?

Si bien esta estrategia selectiva fue iniciada en la segunda presidencia de Menem por el Secretario de la SECYT Juan Carlos Del Bello, la misma fue acentuada con posterioridad, y en especial durante el período K por la gestión Barañao, quien ha considerado públicamente que su responsabilidad es la de “contribuir a crear empleo” y no la de desarrollar la comunidad científica. Pero insistimos ¿A que razones se debe la adopción de esta estrategia individualizante? ¿Acaso son las instituciones científicas menos confiables que ciertos y determinados investigadores individuales seleccionados por el Poder Ejecutivo? O, por ventura, ¿son las instituciones de la ciencia más vulnerables a las presiones políticas que los investigadores individuales?

Por último, ¿es preferible consolidar y potenciar las instituciones académicas o por el contrario, es aconsejable hacerlo con los investigadores en forma individual? ¿Cuál de las dos estrategias es más susceptible de caer en la corrupción, la simulación, la hipocresía, la genuflexión, el oportunismo, la indiferencia moral y la autocensura o miedo a expresarse libremente; o cual de las dos se presta más al favoritismo, el acomodo y el patronazgo? Más aún ¿Cuál de las dos estrategias propicia mas el desarrollo de las oportunidades y la creatividad y la originalidad científicas, cuál impide la “inflación curricular artificial” derivada del axioma de publicar o perecer, cuál evita la fuga de cerebros, y cuál alienta mas las libertades académicas, el espíritu de colaboración y la autonomía de las universidades e instituciones científicas?

Consejo Académico bis a bis Consejo de la Magistratura

Por otro lado, también nos preguntábamos ¿Cuáles han sido los motivos para que en la asignación y revocación de los jueces del Poder Judicial se instaurara un Consejo de la Magistratura, y en materia académica y científica los docentes e investigadores universitarios o extra-universitarios carecieran de un organismo semejante? ¿Acaso serían los jurados o tribunales académicos autónomos y autárquicos menos confiables que los designados por el Poder Ejecutivo? O, más bien, ¿son acaso los jurados o tribunales académicos autárquicos más vulnerables a las presiones políticas que los designados por el Poder Ejecutivo?

Juicio penal y político al Ministro Barañao

Finalmente, pese a las públicas declaraciones del ex Presidente de la ANPCYT y actual Ministro Dr. Barañao, y pese al acto o dictamen exculpatorio firmado por el CECTE, nosotros creemos que en una república democrática existe otro poder independiente, que es el Poder Judicial, con competencia jurisdiccional para dirimir la naturaleza lícita o ilícita del accionar público del funcionario Barañao. Y en última instancia, el parlamento tiene la potestad de iniciar juicio político a los Ministros del Poder Ejecutivo, entre ellos al Ministro Barañao.

- Eduardo R. Saguier
- Investigador del CONICET

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5 Mensajes del foro

  • Juicio penal al Ministro Barañao. A confesión del delito relevo de prueba 19 de agosto de 2009 10:27, por Eduardo R. Saguier

    Martes, 18 de agosto de 2009

    GACETILLA de PRENSA

    El sorteo de la denuncia 10.152/09, formulada por Eduardo R. Saguier contra las autoridades del CONICET y del Ministerio de Ciencia y Técnica, recayó en el Juzgado Federal No.8, a cargo del Juez Marcelo Martínez de Georgi, Secretaría No.15 de la Dra. Verónica Lara; y en la Fiscalía No.12 a cargo del Dr. Oscar Amirante.

    Dicha denuncia fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich.

    Asimismo la denuncia se formula por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, negociación incompatible con el ejercicio de la función pública, y tráfico de influencias.

    Su síntesis y compilación se han publicado en forma de libro electrónico bajo el título La Nomenklatura Academica en la Cultura Argentina, y se encuentra completa en: http://www.salta21.com/spip.php?art...

    Eduardo R. Saguier saguiere@ssdnet.com.ar www.er-saguier.org Tel.: 4802-2979 Celular 1533573721

    Ver en línea : Denuncia Penal contra CONICET y Ministerio de CyT

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    • Juicio penal al Ministro Barañao. A confesión del delito relevo de prueba 10 de septiembre de 2009 23:56, por Eduardo R. Saguier

      Amplía Querella Criminal c/CONICET y Ministerio de CyT Por Eduardo R. Saguier saguiere@ssdnet.com.ar

      AMPLIA DENUNCIA - MEDIDA DE ASEGURAMIENTO DE PRUEBA URGENTE - PRUEBAS.

      Señor Juez:

      Eduardo R. Saguier, por mi propio derecho, con domicilio real en Juan F. Seguí 3955, 2º E, Capital Federal, donde lo constituyo, con el patrocinio del Dr. Jorge Enrique Marenco, con domicilio en Avda. Corrientes 1515, segundo piso C, de Capital Federal, en la causa Nº 24031/09 a V.S. digo:

      Objeto:

      Que vengo a ampliar la denuncia, en los términos de los artículos 79 y 86 del Código Procesal Penal de la Nación, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD, ADMINISTRACION FRAUDULENTA, INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCION PÚBLICA, y TRÁFICO DE INFLUENCIAS, en virtud de los hechos que seguidamente se exponen y contra todos aquellos que como consecuencia de la investigación tuviesen conexión con los hechos denunciados, según resulte de las pruebas que se produzcan en el curso de la investigación.

      I. Acredita interés legítimo y condición de víctima.

      Las críticas y las propuestas en materia científico-educativa fueron: primero redactadas en forma de carta abierta al Presidente de la República en el 2002, 2003 y 2004, y publicadas en diversos foros de Internet (ver más adelante); otras redactadas como denuncias y elevadas en 2006 a la Defensoría del Pueblo de la Nación, la Fiscalía General de Investigaciones Administrativas, la Auditoria General de la Nación, y la Oficina Anti-Corrupción; y también como testimonios, cuando fui citado a declarar en el sumario administrativo iniciado en el CONICET con motivo de mis denuncias sobre asesorías y consultorías, y donde tuve oportunidad de ratificar mis dichos y hacer mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (en la renuncia pública a su frustrado interregno en 1998), acerca de la existencia en el CONICET de un tráfico de influencias en torno a los ingresos y las promociones entre los Institutos pertenecientes al mismo y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones (Exp. No.003361/02), por los que son todos ellos públicos y notorios.

      A partir de estos escritos, denuncias y testimonios en sumarios, se desató un discurso oculto de represalias y discriminaciones por opiniones vertidas en materia de política científica, que se materializaron en mi persona al rechazárseme como Investigador del CONICET los Informes Periódicos 2002-2003 y 2004-2005, los cuales fueron comunicados en agosto de 2004 y octubre de 2008 respectivamente. Más específicamente, se desató un complot de funcionarios ex colaboracionistas del Proceso y del Menemismo, presumiblemente destinado a ocultar irregularidades e ilícitos, a amedrentar y escarmentar las opiniones críticas, y a disciplinar o domesticar la planta de investigadores del CONICET, una verdadera secuela autoritaria heredada de dicho Proceso y potenciada por los Regímenes Neoliberales. Estas circunstancias represivas engendraron en el ambiente científico un clima de miedo generalizado. En veinte (20) años como Investigador del CONICET presenté múltiples Informes sobre mi producción, no mereciendo ellos objeción alguna, pero a partir de mis escritos, denuncias y testimonios comenzaron los rechazos de mis Informes Periódicos.-

      A raíz de dichos rechazos he iniciado una Acción de Amparo con Medida Cautelar ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro.10, Secretaria No.19, para evitar el cese en la carrera, dado que con el segundo rechazo pierdo la condición de Investigador Independiente y mis remuneraciones que son el sustento de mi familia y principalmente por cuanto los rechazos son extraordinarios, no conociendo otros casos relativos a investigadores de historia de igual jerarquía y antigüedad que la del suscripto, a la postre Ph.D o Doctor, graduado en Washington University, Saint Louis, Missouri (1982), con dos (2) libros, medio centenar de publicaciones en revistas científicas del país y del extranjero, y una página web con un libro electrónico de cuatro mil páginas en cinco tomos y más de un centenar de capítulos en PDF.-

      II.- Identificación de los denunciados:

      Contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich. Asimismo se formula la denuncia contra todas las personas que en el curso de la investigación tuvieran algún grado de responsabilidad en los hechos denunciados.

      Los funcionarios que denuncio son o fueron Coordinadores de la Agencia o ANPCYT, Directores del CONICET, Coordinadores y miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET, Secretarios de Ciencia y Técnica de las Universidades Nacionales, Directores del CECTE, Directores de la CONEAU, y Directores del INADI que percibieron subsidios de la Agencia, actualmente dependiente del Ministro de Ciencia y Técnica; así como funcionarios del CONICET que participaron en la confección del expediente 2209/06

      III) Hechos que motivan esta denuncia.

      a) Antecedentes

      He denunciado públicamente la existencia de hechos producidos en diversos ámbitos científicos, concretos y verificables, que encuadran en tipos penales que se describen más adelante y los que surjan de la investigación.-

      b) Funcionarios partícipes en hechos que pueden constituir delitos:

      AGENCIA (ANPCYT): cincuenta (50) de sus Coordinadores percibieron subsidios de la Agencia ocho (8) Coordinadores (Beatriz Coira, Eduardo Cánepa, Amelia Rubiolo, Marcelo Cabada, Juan José Cazzulo, Eduardo Arzt, Juan José Poderoso, y Horacio Corti), percibieron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u.

      CONICET: tres (3) miembros del Directorio (Noemí Girbal, Faustino Siñeriz y Carlos Rapela) percibieron subsidios de la Agencia de $210.000 c/u. sesenta (60) miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET percibieron subsidios de seis (6) dígitos de la Agencia, de los cuales siete (7) miembros (Héctor Targovnik, Mario G. Murer, Osvaldo Uchitel, Carlos Previtali, María Hoyos de Rossi, María Isabel Colombo y Rodolfo Ugalde) percibieron $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u. La Directora Girbal percibió al menos dos (2) subsidios, uno en 2002 y el otro en 2005, totalizando unos $400.000. Al menos a dos centenares (200) de Investigadores de Carrera se les autorizó asesorías y consultorías violatorias de la dedicación exclusiva.

      CONEAU: : dos (2) miembros de su Directorio (Ernesto Villanueva y Pedro Krotsch) percibieron de la Agencia $275.354, a un promedio de $138.000 c/u.

      SECRETARÍAS de CIENCIA y TÉCNICA de las Universidades Nacionales. En seis (6) universidades (Tucumán, Córdoba, Rosario, Sur, MdP, UBA), sus Secretarios de CyT (Daniel Campi, Alberto Edel León, Sonia Colantonio, Roberto Aquilano, Oscar Bottasso, Osvaldo Agamennoni, Virginia Manzini), percibieron subsidios de la Agencia. Estos funcionarios tienen la responsabilidad de controlar la rendición de cuentas de los colegas que percibieron subsidios.

      COMITÉ de ÉTICA de CyT (CECTE): Cuatro (4) de sus directivos (Alberto Kornblihtt, Armando Parodi, Otilia Vainstok y Stella González Cappa) percibieron subsidios de la Agencia. La Dra. González Cappa recibió tres (3) subsidios de seis (6) dígitos c/u.

      INADI: Uno (1) de sus directivos (Marta Mercedes Maffia) percibió subsidios de la Agencia.

      Por ende, autoridades de siete (7) organismos de CyT, de Educación, y de Justicia y Derechos Humanos, y de las Universidades Nacionales percibieron subsidios de la Agencia y del Ministro de Ciencia y Técnica. Pero además integran consciente o inconscientemente un sistema cerrado donde los recursos, designaciones y premios son el activo que con discrecionalidad se adjudican entre sí los integrantes de las instituciones nombradas.- No descarto entonces que en los listados de subsidios se encuentren funcionarios de otros Ministerios y reparticiones públicas nacionales y provinciales a los que no he podido aún identificar:

      c) Participación de funcionarios y persecución dolosa.

      En 2003 y 2004, publiqué varias cartas abiertas dirigidas al Presidente de la República Dr. Néstor Kirchner, ampliamente difundidas en la web, http://www.fmmeducacion.com.ar/Sist... guier.htm http://forum.unsl.edu.ar/viewtopic.... c505 http://firgoa.usc.es/drupal/node/13170 http://wwwtapiales.blogspot.com/200... a.html advirtiéndole de un eventual fracaso en la política científica implementada con la distribución de subsidios; y en diciembre de 2006 y enero de 2007, denuncié la Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina, http://www.mitosyfraudes.org/Polit/... con las respectivas presentaciones ante la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía de Investigaciones, la Oficina Anti-Corrupción y la Auditoria General de la Nación, sosteniendo que los Coordinadores de Área de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT) "..preceden, acompañan o sobrevienen a los subsidios otorgados a sí mismos, lo que configura claramente el ilícito de colusión de intereses", es decir la simultánea condición de juez y parte interesada.

      Fue entonces en el curso del 2007 que, entre el autor de la denuncia -el que suscribe- y quien en esa oportunidad detentaba el cargo de Presidente de la ANPCYT Dr. Lino Barañao, actual Ministro de CyT, entonces dependiente del Ministro Daniel Filmus, se suscitó una polémica que atravesó la Lista de Discusión Electrónica Pol-Cien y que fue luego reproducida en otros foros, http://www.fmmeducacion.com.ar/Sist... donde Barañao planteó "¿Cómo evitar el potencial conflicto de intereses de los Coordinadores y al mismo tiempo no provocarles un perjuicio derivado de la suspensión de su financiamiento?". La primera alternativa ensayada para solucionar este problema fue, según Barañao, ".el otorgamiento de un subsidio automático a los coordinadores". A posteriori, y debido a la incorporación de los Co-coordinadores, Barañao optó ".por un sistema mediante el cual los proyectos presentados eran remitidos a otro coordinador de un área relacionada quien se encargaba de enviarlos a pares para su evaluación". Barañao afirmó entonces que en esta asignación de pares por parte de otros Coordinadores para evaluar los proyectos presentados por los propios Coordinadores ".si bien podría argüirse la existencia de algún favoritismo en dicha asignación, no hay evidencias concretas al respecto". Concretamente y bajo tales argumentos Barañao reconoció la posible supervivencia de un tráfico de influencias pues admitió que se otorgaban subsidios a los Coordinadores de la Agencia, que a su vez juzgaban a pares para el otorgamiento de tales beneficios.-

      El suscripto ha señalado, denunciado y testimoniado la falta de transparencia donde el árbitro es parte interesada en el mismo sistema que juzga y valora a otros al discernir. La permanente prédica contra esas metodologías dolosas se ha transformado en la verdadera causa de la persecución que actualmente sufro. Los dictámenes que rechazan mis Informes Periódicos carecen absolutamente de motivación científica alguna. Sencillamente se usa el poder y el sistema implantado para lograr la exclusión del que critica y denuncia.-

      Observamos también un insólito tráfico de influencias, pues hay investigadores subsidiados por la ANPCYT a quienes luego se los designa en el CONICET como funcionarios evaluadores de los trabajos de sus colegas. En el caso del suscripto, ver los ejemplos de Maffia y de Goldman.

      A los ya beneficiados con subsidios -por lo tanto deudores de "gratitud" de este sistema- se los ha retribuido con la participación en las Comisiones Asesoras del CONICET, y también con la presencia en un Comité Asesor del CONICET para determinar la suerte del suscripto.- Y estos miembros del Comité Asesor, así como los ignotos referees evaluadores de mis Informes, fueron convertidos en mandatarios ocultos de los designios de quienes manejan el sistema para excluirme del CONICET.-

      Así es como en el expediente 2209/06, se ha pretendido estigmatizar y prontuariar al suscripto con documentación subrepticiamente intercalada, de contenido estrictamente político, que nada tiene que ver con el objeto de esa sustanciación.-

      Si bien el Dr. Barañao afirma que no hay pruebas de algún favoritismo en el sistema que se implementó, la intercalación de fs. 47/49 lo demuestra palmariamente, no ya como favoritismo, sino lisa y llanamente como persecución por razones políticas, prohibido por la Constitución Nacional, y las leyes contra la Discriminación 23.592 y Ética de la Función Pública 25188.

      Estas conductas del Ministro de Ciencia y Técnica y de las autoridades del CONICET pueden constituir delito, y ser fruto de una conspiración fraudulenta para disciplinar la planta de Investigadores y discrecionalizar los fondos públicos y los recursos humanos en provecho de las personas e integrantes de las instituciones arriba denunciados.-

      IV.- Medida Precautoria de aseguramiento de prueba urgente.

      En el expediente 2209/06, se encuentran las fojas 47/49, instrumentos intercalados al sólo efecto de prontuariar al suscripto, hacer conocer a todos los funcionarios evaluadores —que actúan como referees, Comité Asesor o Comité Especial— las opiniones y militancia política del suscripto. Documentos ajenos totalmente al expediente, cuya única motivación es persecutoria y discriminatoria, indicio de un mandato oculto, del mensaje claro y terminante a los subalternos o designados, para someter y afectar su voluntad y lograr así la exclusión del suscripto, con violación a las normas del Estatuto de la Carrera del CONICET.-

      Estando en riesgo la desaparición o adulteración de las fojas citadas, pruebas evidentes de la conducta de los funcionarios superiores, solicito se disponga el inmediato secuestro de dicho expediente, que se encuentra en la sede central del CONICET, sita en Rivadavia 1917, piso 1ro., Gerencia de Asuntos Jurídicos.- (Oficinas del CONICET).-

      V.- Prueba Documental:

      Se adjunta fotocopia simple del Expediente 2209/06 donde constan las fojas 47/49.

      Proveer de conformidad.- Será Justicia.-

      Eduardo R. Saguier Jorge E. Marenco Abogado-T.22 F628 CPACF

      Ver en línea : Amplía Querella Criminal c/CONICET y Ministerio de CyT

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      • Polémica por como se distribuyen los subsidios destinados a la ciencia

        La opinión de Eduardo Saguier, investigador independiente del CONICET (Museo de General Roca), quien cuestionó como está repartiendo la Agencia Nacional para la Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT) los subsidios destinados a ciencia y la investigación, está generando las primeras reacciones del mundo académico.

        Desde la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de La Pampa consideraron muy “graves” las denuncias y pidieron que “presente pruebas ante la Justicia”

        Saguier, en la columna de opinión de ADN, titulada“Consejeros Universitarios y su Irresponsabilidad Política”, expresó que “los subsidios de la Agencia han sido objeto de una suerte de asalto a medianoche, con nocturnidad y alevosía”.

        Detalló que “de los 650 millones de pesos procedentes del BID, que son deuda externa, distribuidos entre 1997 y 2007, el portal electrónico de la Agencia indica que fueron asignados a unos seis millares (6.000) de proyectos, insinuando que los subsidiados habrían sido otros tantos Investigadores”.

        “No obstante estos generosos cómputos oficiales, hemos podido estimar que aproximadamente un 20 por ciento de los mismos (o 133 millones de pesos) fueron a parar a las arcas individuales de un centenar y medio de funcionarios de la nomenclatura científica y universitaria (coordinadores de la Agencia, integrantes de Comisiones Asesoras del CONICET, directoriales de la CONEAU y del CONICET, decanos, consejeros, jefes de Departamento, secretarios de CyT de las Universidades, miembros del CECTE, etc.), agregó.

        “Asimismo, - continuóSaguier -entre esos 133 millones repartidos entre un centenar y medio de funcionarios, una doceava parte (11 millones) se habría alojado en los bolsillos de una treintena de los mismos, que tuvieron la oportunidad de repetir en dos y hasta tres oportunidades su participación en el botín”.

        Ahora, desde la Universidad Nacional de la Pampa surgieron las primeras reacciones, y desde esa casa de estudios, Alberto Daniel Golberg rechazó los calificativos usados “alegremente” por Saguier

        “He sido consejero por el claustro docente en el Consejo Directivode la Facultad de Agronomía-UNLPam y nunca he tenido acceso al manejo financiero ya sea de FONCyT o ANCyT.

        “Por otra parte,considero que la acusación de Saguier es tan grave que debe presentar las pruebas y hacerla ante la justicia. Los investigadores invertimos una gran cantidad de energía para obtener fondos y ante esta noticia de derivación de sumas de dinero hacia bolsillos propios, personalmente la siento como una traición que gente de nuestra comunidad esté obrando en contra del sistema de C y T nacional”, aseveró.

        “Además parecería que nada cambió desde los tiempos del Proceso cuando el saqueo del CONICET (denunciado en el Libro Azul del Consejo) fue un hecho institucional”, finalizó el doctor Alberto Daniel Golberg. (ADN)

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  • SOBRE las DUDAS del Prof. Alberto Golberg acerca
    de la Agencia Nacional para la Promoción Científica

    A propósito de las dudas planteadas por el Prof. Alberto Daniel Golberg en el Diario Andino de junio de 2009 respecto de las acusaciones contra la Agencia, cumplo en informarles que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha abierto un expediente para evacuar dichas acusaciones, y que en la Denuncia Penal a cargo del Juez Federal Marcelo Martinez de Giorgi se ha dictado la siguiente Resolución :
    “HÁGOLE SABER que en el expediente caratulado “Agencia Nacional para la Promoción Científica y otros s/Delito de Acción Pública”, que tramita ante este Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución: //Buenos aires 21 de diciembre de 2009…Con relación a la petición formulada por el Sr. Eduardo Ricardo Saguier de asumir la calidad de querellante con el patrocinio del Dr. Jorge Enrique Marenco…cabe señalar, que habida cuenta el objeto procesal y en lo atinente específicamente a los presuntos actos de represalias y discriminación a su respecto que se materializarían mediante el rechazo de sus informes presentados como científico del CONICET de los períodos 2002/2003, y 2004/2005; fuerza concluir, que se encuentran reunidos los extremos requeridos por los arts.82, 83 y ccdtes. Del CPPN y en consecuencia, téngase por constituido domicilio y parte querellante al Sr. Eduardo Ricardo Saguier con el patrocinio del Dr. Jorge Enrique Marenco, quedando sometido a la jurisdicción del Tribunal y consecuencias legales.

    Asimismo, a posteriori de dicha Resolución judicial elevé en el mismo Juzgado el siguiente Recurso Ampliatorio

    SOLICITA SE AMPLIE CARÁCTER QUERELLANTE - APELACIÓN EN SUBSIDIO- CONEXIDAD OBJETIVA Y SUBJETIVA – PLANTEA CASO FEDERAL.- RESERVA

    Señor Juez:

    Eduardo Ricardo Saguier, querellante, asistido por los Dres. Jorge Enrique Marenco y Mario O. Dores, con domicilio constituido en Av. Corrientes 1515, 2° piso “C”, en el expediente caratulado “Agencia Nacional para la Promoción Científica y otros s/Delito de Acción Pública”, a V.S. digo:

    1.- Que vengo a solicitar se amplíe el carácter de querellante a toda la causa y no solo a una parcialidad de ella. La vinculación de los actos cuestionados de los funcionarios de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT) con las represalias tomadas por el CONICET contra el suscripto es directa y amerita que se me tenga por parte querellante in totum.

    Las represalias comenzaron con el sumario administrativo iniciado en el CONICET con motivo de mis denuncias sobre asesorías y consultorías, y donde ratifiqué mis dichos e hice mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (1998) acerca de la existencia de un tráfico de influencias en torno a los ingresos y las promociones entre los Institutos pertenecientes al CONICET y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones (Exp. No.003361/02). Y dichas represalias se agravaron luego de las denuncias que hice en el mes de enero de 2006 a los organismos fiscalizadores (Oficina Anti-Corrupción, Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y Auditoria General de la Nación), las que se publicaron en esa fecha en diversos foros electrónicos bajo el título La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina http://www.mitosyfraudes.org/Polit/... y que fueron el disparador para que diversos funcionarios también del estado tomaran represalias contra el suscripto.-

    2.- Pretendo constituirme en querellante de la totalidad de los hechos denunciados por la vía de la ampliación revocatoria de la resolución de V.S. del 21/12/2009, en los términos del Art. 446 del CPP, con subsistencia de la condición de querellante en lo atinente “a los presuntos actos de represalias y discriminación” ejercidos contra mi persona por las autoridades del CONICET”. Y pretendo también ser querellante en lo que respecta a los delitos de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT, en oportunidad de distribuir 280 millones de dólares en subsidios de investigación provenientes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre los años 2001 y 2005 incluido.

    Para el caso de no concederse la ampliación, y en atención a lo dispuesto por el art. 438 y sigtes. del CPP., apelo por causar gravamen irreparable y seguidamente paso a manifestar los específicos motivos que fundamentan el presente.-

    3.- Cabe señalar que la presente causa penal se originó por mi denuncia, ampliaciones de la misma y una medida urgente de aseguramiento de prueba, solicitada por esta parte a la luz de los hechos denunciados en el expte. judicial 10.152/09. Dicha denuncia penal fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich.

    4.- No obstante lo expuesto, V.S. resolvió fragmentar la legitimidad procesal de mi condición de querellante, como si se tratasen de dos sujetos y dos materias independientes entre sí, la de los subsidios otorgados a funcionarios por parte de las autoridades de la Agencia o ANPCYT y las de las presuntas represalias y discriminaciones del CONICET contra mi persona.

    Sin embargo, ambos hechos investigados en estas actuaciones son indivisibles pues se encuentran íntimamente vinculados entre sí, existiendo una evidente conexidad objetiva y subjetiva. Los elementos en común de uno y otro importan la unicidad intelectual de las dos investigaciones y debieran implicar —por los principios de conexidad sustancial y procesal— la unificación material objeto de autos

    5.- Por ello, juzgo que me asiste en la causa el derecho de tener la legitimidad del querellante en lo relativo a las denuncias, tanto en el aspecto que me involucra en forma directa como indirecta así como en lo atinente a los hechos denunciados cometidos por funcionarios de la Agencia o ANPCYT.-

    6.- Entiendo asimismo que no existe obstáculo para otorgar la legitimación activa pretendida –ser querellante in totum. Los hechos imputados a la Agencia son la causa directa de la posterior represalia persecutoria ejercida contra el suscripto en el CONICET: Rechazo de un par de Informes Periódicos consecutivos mediante las Resoluciones del Directorio del CONICET No.1672 de fecha 24/09/2004, No.2197/05 de fecha 16/12/2005, y No.2255 de fecha 26/09/2008 obrantes en los Exptes. No.3987/04 y No.2209/06 del registro del CONICET; en el Expte. No.272/06 del registro del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; y en el expediente judicial Nº 25.761/08, caratulado “Saguier Eduardo c/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y otros s/ Amparo”. Como vimos ut supra el origen causal fue la denuncia efectuada contra los funcionarios-Coordinadores de la Agencia o ANPCYT.

    7.- Si bien es cierto que el objeto primordial de los delitos presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública se connota por la alteración del orden público y por el carácter de delitos de acción pública que exhiben, no puede desligarse de los mismos una necesaria conexidad material con los presumibles delitos cometidos por las autoridades del CONICET. Como es sabido estas autoridades habrían incurrido en el delito de abuso de poder (represalias y discriminaciones) contra el denunciante. Para probar la conexidad material aludida hay que tener en cuenta que las propias autoridades del CONICET (miembros del Directorio y de las Comisiones Asesoras) también fueron ilegalmente favorecidas con subsidios de investigación mediante la administración fraudulenta presuntamente cometida por dichas autoridades de la Agencia o ANPCYT. Este mutuo tráfico de influencias, prebendas, premios y castigos, entre la Agencia y el CONICET (ambas vinculadas al conocimiento e investigación), es lo que nutre la conexidad material que intento probar. El castigo al denunciante se materializó rechazando los Informes Periódicos mediante jurados arbitrarios, ajenos a la disciplina científica del castigado (arqueólogos, geógrafos y antropólogos), y beneficiarios del festival de subsidios denunciados. Y lo que alimenta aún más la conexidad material es el hecho que ambas autoridades –las de la Agencia y las del CONICET— habrían actuado bajo una jefatura y un aire de familia común, la del Ministro de Educación y la del estado mismo.

    8.- En primer término, bueno es destacar que la doctrina y la jurisprudencia imperantes, tienden a realzar el papel de la víctima y su interés legítimo en el proceso penal y a considerar con mayor amplitud la posibilidad de su participación activa.

    En este sentido, ha señalado el voto del Dr. Maqueda en el fallo “Q. 162. XXXVIII. Quiroga, Edgardo Oscar s/ causa N° 4302", que el derecho a la intervención del querellante en el proceso, a peticionar y ser oído y exigir la reparación judicial de sus derechos, se encuentra tutelado por los arts. 18 de la Constitución Nacional, 8°, párr. 1° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, instrumentos legales de conocida jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 de la CN).

    De donde la intervención propugnada, más allá de sus características procesales, tiende a salvaguardar derechos de raíz constitucional que deben ser objeto de tutela específica. Más aún, cuando ese accionar ha damnificado a determinado particular, es claro que dicho particular se ha visto perjudicado por los delitos denunciados; de donde tampoco puede dudarse de que se encuentra en la situación prevista por el art. 82 del Código Procesal Penal de la Nación.

    En lo particular, la postulación que contiene mi presentación es que existe iuris tantum la comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

    También se ha señalado que “se justifica la habilitación concedida a quien invoca la calidad de particular ofendido, otorgándole la posibilidad de probar que algunos de los encausados conformarían una asociación delictiva destinada a cometer delitos indeterminados y que, en el desarrollo de tales designios, habrían escogido al querellante y a sus familiares como víctimas de varios de esos hechos” (TOCF I, c. 935, “Sibio, D. G.”, del 27-9-04, JPBA, T. 125, p. 158; se citó CCCFed., Sala I, c. Nº 25.993 “Torregrosa”, del 11-5-95).

    9.- En consecuencia ruego a V.S. admita la ampliación solicitada por la vía arriba indicada, sin perjuicio de lo cual, estando en juego garantías constitucionales, hago reserva de recurrir en casación y planteo el caso federal, tanto por la vía de apelación ante la Corte Suprema de Justicia por la vía ordinaria, atento la materia federal en juego, como por arbitrariedad, asimismo ocurrir ante organismos internacionales, atento los pactos suscriptos por nuestro país, cuya violación constituiría el delito de indignidad previsto en el art. 220 del CP.- Proveer de conformidad,

    SERÁ JUSTICIA

    - Eduardo R. Saguier - Jorge Enrique Marenco

    www.er-saguier.org

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    • La Indiferencia y el Silencio ante la Corrupción de la Ciencia. El Periodismo y los Partidos Políticos frente a la Investigación Científica en Argentina.

      En la larga lucha por descifrar la madeja de la corrupción en la ciencia argentina fue preciso incursionar sucesiva y simultáneamente en los ámbitos administrativos, judiciales, periodísticos y políticos.

      Si bien los intentos ensayados hasta el presente en los ámbitos administrativos (recorriendo todo el espectro de los organismos de control oficiales y privados incluido el BID) y judiciales penales y contencioso-administrativos (Jueces Heiland y Martínez de Georgi) fueron comunicados a la opinión pública a través de múltiples foros electrónicos (Pol-Cien, Argentina Indymedia, CMAQ, Salta21, El Libre Pensador, FMMEducación, Critica Medicina, El Ortiba, etc.), las reiteradas tentativas en las esferas políticas y periodísticas han resultado hasta hoy sospechosamente infructuosas.

      Entiendo que esta tarea de desciframiento es imprescindible para poder comprender también el porqué de la irresponsable indiferencia o abandono de la clase política y periodística y el aura de silencio e impunidad enhebrada alrededor de un eterno pozo ciego como es el de la corrupción existente en los organismos científicos del estado argentino.

      Este silencio, indiferencia y abandono pueden atribuirse a múltiples motivaciones entre las cuales cabe conjeturar: a) la expectativa aún pendiente en demorados pronunciamientos judiciales; b) la connivencia de algunos medios y ciertos políticos con las diversas nomenklaturas que vienen participando de esta corrupción; c) la incomprensión sobre la relevancia política que tiene la carencia de una intelectualidad crítica; y d) el desinterés por abrir una agenda de debate acerca de la cuestión de la transparencia y la corrupción en los organismos de investigación científica.

      De todas ellas, estas dos últimas conjeturas son las que exhiben la irresponsabilidad más agraviante. En efecto, la incomprensión del tema y el desinterés por abrir un debate cada vez más impostergable obedecerían a su vez a una deformada escala de valores y códigos donde el espíritu crítico, reflexivo y cuestionador de los saberes oficiales viene siendo crecientemente ocultado y ahogado; y a una distorsionada tabla de prioridades públicas donde la prelación principal es otorgada a los cortoplacistas medios económicos (e.g.: retenciones o reservas) o a los efímeros recursos mediáticos (e.g.: Ley de Medios).

      Un periodismo político y una acción político-partidaria que no valoren el rol prioritario que la transparencia ética, el espíritu crítico y el mérito intelectual deben tener en la cultura de una nación no tienen destino histórico y solo pueden incubar el huevo de la serpiente. Y en un estado-nación que se precie de una historia y una cultura republicanas a ningún periodista o político le puede caber duda alguna que lo que se debe premiar es el esfuerzo y el mérito individual por sobre la antigüedad en el trabajo, la observancia de verdades establecidas, o la procedencia social, corporativa, geográfica, étnica, religiosa o político-partidaria. Pero hoy por hoy en Argentina, lo que prevalece entre los científicos e intelectuales como identidad legal y oficialmente recompensada es la filiación a grupos o corporaciones de saberes, poderes e intereses donde se autocensuran, disciplinan y empatotan y en donde medran con los botines de guerra, o alquilan su silencio por un plato de lentejas; aunque con ello se lleven puestos los sueños y las utopías de una nación, otrora conocida en la educación y la cultura como la primera en América Latina, y también una de las principales entre las naciones del mundo.

      Cabe aclarar entonces que en materia periodística hemos venido difundiendo en épocas diversas reiteradas denuncias sobre la corrupción en la ciencia a diferentes comunicadores públicos (Blanck, Bonelli, Castro, Eliaschev, Fontevecchia, Grondona, Lanata, Leuco, Majul, Mariño, Morales Solá, Ruiz Guiñazú, Santillán, Santoro, Sylvestre, Tenembaum, van der Kooy, Zlotogwiazda, etc.); como así también a distintas autoridades de diversos partidos políticos (PRO, UCR, GEN, Coalición Cívica, Socialismo, Proyecto Sur y Peronismo Disidente). Sin embargo, hasta el presente sólo hemos experimentado una gran insensibilidad y apatía, por lo que tenemos el derecho a sospechar la existencia en los medios y la política de una obstinada defensa de intereses de grupo o facción.

      Eduardo R. Saguier, Ph.D.

      Museo Roca-CONICET

      e-mail: saguiere@ssdnet.com.ar

      http://www.er-saguier.org

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